El próximo 15 de agosto entrarán en vigor varias medidas del Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima (RONM), promovido por la Dirección General de la Marina Mercante del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. La nueva normativa introduce un régimen de despacho basado en la declaración responsable y digitaliza completamente los procesos vinculados al despacho de buques, el rol de despacho y dotación, y el enrole y desenrole de tripulaciones.
Esta transformación digital se materializará mediante una plataforma electrónica que será de uso obligatorio para todos los buques nacionales y cuyo objetivo es simplificar la tramitación administrativa, reducir los tiempos de gestión y mejorar la trazabilidad de las operaciones. El nuevo modelo sustituye el despacho tradicional por un sistema de autorización basado en la firma del propietario, armador o naviero, que declara el cumplimiento de los requisitos exigidos para la navegación.
Digitalización del rol de despacho y dotación
El rol de despacho y dotación —documento que certifica oficialmente la composición de la tripulación para un viaje determinado— deberá gestionarse a través de la nueva plataforma digital. Esta permitirá enrolar y desenrolar tripulantes, registrar singularidades operativas y consignar datos sobre las navegaciones. Las listas de tripulantes enrolados estarán disponibles de forma inmediata y podrán ser consultadas tanto por los responsables de los buques como por la Administración marítima.
Con este cambio, se espera no solo una mayor agilidad administrativa, sino también una mejora en los sistemas de control y seguridad marítima. Las nuevas herramientas permitirán la verificación en tiempo real de la documentación, reforzando así el cumplimiento normativo.
El RONM redefine el procedimiento de despacho, que ahora deberá realizarse, con carácter general, por medios telemáticos. Esto reducirá la carga burocrática y acortará los plazos de autorización para armadores y capitanes. Como novedad, el reglamento introduce un modelo de despacho simplificado, basado en una declaración responsable, aplicable a buques que operan en aguas interiores o con alta frecuencia de tráfico. Este sistema facilitará operaciones recurrentes, aunque estará sujeto a comprobaciones posteriores por parte de la Administración.
Las Capitanías Marítimas del litoral español han comenzado a ofrecer charlas informativas sobre los cambios, con el objetivo de aclarar dudas y facilitar la adaptación al nuevo sistema entre los profesionales del sector.
Cambios temporales de uso en embarcaciones de recreo
Otra de las novedades introducidas por el RONM afecta a las embarcaciones matriculadas en la lista séptima del Registro de Buques, que podrán cambiar su uso de privado a comercial durante un periodo máximo de tres meses al año, previa autorización expresa de la Administración marítima.
Para acogerse a esta posibilidad, el buque deberá cumplir varios requisitos: estar debidamente matriculado, disponer de certificados vigentes, contar con seguro de responsabilidad civil obligatorio y ser gestionado por una empresa de arrendamiento náutico o por una entidad que asuma contractualmente la responsabilidad del despacho durante ese periodo. Además, durante los meses de uso comercial, el buque deberá someterse al mismo régimen de reconocimientos técnicos que se exige a las embarcaciones de lista sexta, dedicadas a fines lucrativos.
Con esta medida, el Ministerio busca equilibrar la flexibilidad operativa con el refuerzo de las garantías de seguridad marítima y control administrativo.
La digitalización del despacho de buques y de los procedimientos asociados representa un cambio estructural en la ordenación de la navegación marítima en España. El uso obligatorio de medios telemáticos y la implantación de modelos basados en la declaración responsable marcan una evolución hacia una gestión más eficiente, transparente y adaptada a las nuevas necesidades operativas del sector.

