La Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera (DG TAXUD) ha comunicado su conformidad para que España posponga hasta el 31 de diciembre de 2025 la fecha límite de entrada en vigor del Import Control System 2 (ICS2) en las importaciones que accedan al territorio aduanero de la Unión por carretera y ferrocarril. El cambio supone que continuará operativo el sistema precedente (ICS1) hasta final de año para las entradas por fronteras españolas, frente al tope comunitario inicialmente previsto del 1 de septiembre de 2025.
ICS2 es la nueva arquitectura europea de seguridad y control aduanero basada en la recepción anticipada de la Declaración Sumaria de Entrada (ENS) con datos más completos y estructurados. El objetivo operativo es que las administraciones aduaneras dispongan de información suficiente para realizar análisis de riesgo antes de la llegada de las mercancías, con un modelo de intercambio de datos armonizado y unificado para todos los modos. El despliegue del programa se ha organizado en fases, de manera que primero quedaron integrados los flujos aéreos y postales, después el ámbito marítimo y, por último, los transportes por carretera y ferrocarril.
El calendario comunitario situaba el inicio técnico de la fase terrestre en el 1 de abril de 2025, con un periodo de transición en el que los operadores podían ir incorporándose a ICS2 conforme adaptaban sus procesos y conexiones. La fecha de cierre de ese tránsito —en términos generales para la Unión— se fijó en el 1 de septiembre de 2025, momento a partir del cual ICS1 dejaría de aceptarse. Con la decisión ahora validada para España, ese corte se traslada hasta el 31 de diciembre de 2025 en los pasos fronterizos españoles para carretera y ferrocarril, manteniendo la utilización de ICS1 hasta entonces.
En términos operativos, la prórroga amplía en cuatro meses el margen de adaptación para transportistas, transitarios, consignatarios, representantes aduaneros y demás agentes involucrados en la cadena de suministro terrestre. Durante ese intervalo, seguirá siendo posible cursar las ENS a través de ICS1 cuando las mercancías vayan a entrar en la Unión por territorio español mediante carretera o ferrocarril, sin perjuicio de que los sistemas corporativos vayan incorporando las especificaciones de ICS2 y realizando pruebas y validaciones con el nuevo entorno.
El alcance temporal se extiende igualmente al tráfico roll on-roll off (Ro-Ro), considerado transporte combinado a efectos aduaneros. De acuerdo con la Nota Informativa 18/2024 del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, de 31 de mayo, los plazos previstos para carretera y ferrocarril son aplicables al Ro-Ro, tanto en la modalidad acompañada como en la no acompañada. En consecuencia, las unidades que embarcan en buque para cruzar la frontera —camiones con conductor, cabezas tractoras, semirremolques o remolques— y que accedan al territorio aduanero de la Unión a través de puertos españoles podrán continuar presentando la ENS en ICS1 hasta el 31 de diciembre de 2025.
El esquema funcional de ICS2 introduce un mayor grado de granularidad en los datos exigidos, formatos normalizados y mensajes estandarizados para la interacción entre operadores económicos y autoridades aduaneras. Entre los cambios figura la compartición de responsabilidades en la presentación de la ENS cuando existe división de la información entre distintos intervinientes (por ejemplo, transportista y cargador), así como la gestión de enrutamiento y enmiendas antes de la llegada. Este marco, que ya opera en modos integrados en fases previas, se extiende ahora a los corredores terrestres, incluidas las rutas combinadas por puertos con enlaces Ro-Ro.
La decisión de aceptar la prórroga para España se enmarca en las herramientas de transición contempladas por la Comisión, orientadas a facilitar una migración ordenada sin interrupciones del flujo comercial. El mantenimiento de ICS1 en paralelo hasta final de 2025 permite completar integraciones, asegurar la calidad de datos y estabilizar las conexiones con los servicios aduaneros, particularmente en empresas con redes extensas de proveedores tecnológicos, múltiples delegaciones o elevada casuística operativa.
El itinerario temporal queda, por tanto, definido en tres hitos: 1 de abril de 2025, inicio de la fase terrestre de ICS2; 1 de septiembre de 2025, fecha límite general prevista a nivel de la Unión para cesar el uso de ICS1; y 31 de diciembre de 2025, nuevo límite específico para las entradas por España por carretera, ferrocarril y Ro-Ro acogidas a la extensión autorizada. Desde el 1 de enero de 2026, las declaraciones deberán realizarse en ICS2 con carácter exclusivo en las fronteras españolas para estos modos.
En paralelo al ajuste de plazos, los operadores están alineando sus desarrollos con las guías técnicas y especificaciones de mensajería del sistema, revisando catálogos de datos, roles de presentación de la ENS y procedimientos internos para la captura y transmisión de información previa al arribo. La coordinación entre transportistas, representantes aduaneros y cargadores resulta determinante para asegurar que la información necesaria se consolide a tiempo y con la calidad requerida, especialmente en cadenas multimodales con múltiples intervinientes.
En el ámbito portuario, la equiparación del Ro-Ro a los plazos de carretera y ferrocarril concentra la atención en los flujos de corta mar con alta frecuencia, donde la sincronización entre terminales, navieras de ferry, transportistas y servicios aduaneros es determinante para mantener los tiempos de tránsito. La ventana adicional hasta fin de año permite calibrar procesos de predeclaración, gestión de incidencias y trazabilidad documental en entornos con rotaciones intensivas.
Con el nuevo encaje, España mantiene operativos ambos sistemas hasta el 31 de diciembre de 2025 para las entradas afectadas, en un escenario en el que distintos Estados miembros continuarán con el tope general de septiembre. El resultado es un margen temporal concreto para que las compañías cierren la migración tecnológica, ajusten flujos de datos y verifiquen que sus procedimientos se corresponden con las exigencias de ICS2 en vísperas de su plena aplicación.

