domingo, 1 de marzo de 2026
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Capitanía Marítima propone el cierre del puerto de Cádiz ante el temporal de la borrasca Claudia

La Capitanía Marítima de Cádiz ha propuesto cerrar el puerto de la Bahía de Cádiz y otras instalaciones portuarias ante la llegada de un fuerte temporal de viento del suroeste.

Redacción··Instituciones·3 minImprimir
Capitanía Marítima propone el cierre del puerto de Cádiz ante el temporal de la borrasca Claudia

La Capitanía Marítima de Cádiz ha planteado el cierre del puerto de la Bahía de Cádiz y de otras instalaciones portuarias autonómicas debido a la previsión de un temporal de viento del suroeste que alcanzaría fuerza 8 en la escala Beaufort, con rachas de entre 62 y 74 kilómetros por hora. La medida entraría en vigor a partir de las 16:00 horas de este jueves y se mantendría, al menos, hasta la 1:00 de la madrugada del viernes.

La fuerza 8 en la escala Beaufort se corresponde con un temporal caracterizado por vientos sostenidos de entre 34 y 40 nudos y un estado de la mar con olas grandes, rompientes y una notable cantidad de espuma desplazada en la dirección del viento.

Según el oficio remitido por Capitanía Marítima, la propuesta se ha formulado tras recibir un aviso de temporal del Sistema de Salvamento Marítimo (Sasemar), basado en la información de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet). El documento advierte de condiciones que pueden comprometer la seguridad de la navegación, la vida humana en la mar y la protección del medio marino, de acuerdo con los criterios establecidos en la normativa marítima vigente.

Aemet mantiene activo el aviso amarillo en todo el litoral de la provincia por vientos de componente suroeste de fuerza 7 y, de forma ocasional, fuerza 8, así como por mar combinada que podría alcanzar los 4 metros al finalizar la jornada.

Fuentes de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz han señalado que ya han recibido la propuesta y que el director de la entidad tiene previsto firmar la resolución a lo largo de la mañana. El cierre, en cualquier caso, se ejecutará a partir de las 16:00 horas. La previsión operativa indica que el impacto será limitado, ya que no está programada la escala de cruceros ni el enlace marítimo con Canarias, y únicamente figura en servicio el portacontenedores Verónica B, de Boluda.

En la propuesta remitida por el capitán marítimo de Cádiz, Ángel María García Martínez, se establece la suspensión de la salida de los catamaranes del servicio de pasaje de la Bahía de Cádiz, de embarcaciones de recreo, de buques y embarcaciones de servicios portuarios distintos del practicaje, remolque portuario y amarradores, así como de dragas, gánguiles, unidades de apoyo a submarinistas y cualquier buque de pesca o comercial que no disponga de práctico a bordo.

El documento matiza que estas restricciones no afectarán a los buques que naveguen con práctico y cuenten con plena operatividad en sistemas de propulsión, gobierno, maniobra, fondeo y equipos de ayuda a la navegación. En cada caso, el capitán y el práctico evaluarán conjuntamente la viabilidad de las maniobras atendiendo a las condiciones meteorológicas del momento.

Capitanía Marítima aclara que las limitaciones no se aplicarán cuando exista una situación de urgencia o necesidad que requiera entrada o salida de buques para evitar un riesgo superior. En estos supuestos, se seguirán de forma estricta las instrucciones transmitidas por los Centros de Coordinación de Salvamento de Cádiz o Tarifa, o del práctico de guardia en los puertos de la Bahía.

Además, quedan suspendidas todas las concentraciones náuticas y pruebas náutico-deportivas autorizadas para el periodo en el que esté vigente el aviso de temporal.

Capitanía también recomienda a los practicantes de actividades como kite-surf o wind-surf evitar su práctica mientras se mantenga la situación meteorológica adversa. Asimismo, se aconseja a los navegantes revisar los avisos oficiales antes de planificar cualquier salida.

El aviso se ha emitido conforme a lo dispuesto en los artículos 8.1 y 8.2 de la Ley de Navegación Marítima, que facultan a la Autoridad Portuaria a ordenar cierres temporales de puertos previo informe de Capitanía, y al artículo 10 del Real Decreto 638/2007, que autoriza al Capitán Marítimo a proponer la suspensión de operaciones cuando existan razones vinculadas a la seguridad interna, la protección ambiental o la vida humana en la mar.

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