El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, que modifica y actualiza la normativa reguladora de la Marina Mercante en España. La reforma afecta a un total de ocho Reales Decretos y tiene como objetivos principales adaptar el marco legal a la realidad actual del sector marítimo, simplificar los procedimientos administrativos y mantener los estándares de seguridad marítima y protección del medio marino.
Entre las principales modificaciones introducidas por la nueva regulación figura una mayor flexibilización de diversas actividades marítimas, con especial incidencia en los ámbitos del cabotaje, el buceo profesional y las operaciones portuarias. En materia de transporte de cabotaje, el Real Decreto agiliza los trámites para la concesión de dispensas de bandera en las líneas regulares, un procedimiento que permite a buques con pabellón de otros Estados miembros de la Unión Europea operar en rutas nacionales bajo determinadas condiciones.
La normativa de buceo profesional también experimenta modificaciones sustanciales. Los ajustes introducidos combinan la elevación de los estándares de seguridad con una regulación más adaptada a la práctica profesional real del sector, según fuentes del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
Uno de los cambios más significativos afecta a la gestión de las denominadas «operaciones fuera de límites» en determinados puertos españoles. La reforma permitirá sustituir el sistema actual de autorizaciones individuales por resoluciones generales con condiciones previamente establecidas en aquellas Capitanías Marítimas que registran entre 1.000 y 3.000 operaciones anuales de este tipo. Esta medida será de aplicación en los puertos de Algeciras y Las Palmas, dos de los principales enclaves del sistema portuario español por volumen de tráfico y operaciones de transbordo.
El nuevo modelo de autorización mediante resoluciones generales mantendrá el control y la supervisión por parte de las Capitanías Marítimas y de Salvamento Marítimo, según precisa el Ministerio. La modificación responde al objetivo de reducir las cargas burocráticas tanto para las empresas navieras y operadores portuarios como para la propia Administración marítima, sin menoscabo de las garantías de seguridad exigidas.
En el capítulo de seguridad marítima, el Real Decreto introduce varias mejoras. La normativa incrementa la protección en el transporte marítimo y en los recintos portuarios, y ajusta las disposiciones de seguridad aplicables a los buques de pasaje a los criterios establecidos por la normativa europea. Asimismo, la reforma incorpora medidas específicas dirigidas a reducir la siniestralidad en el ámbito de la náutica de recreo, con especial atención a las actividades de alquiler de embarcaciones de eslora inferior a cinco metros, un segmento que ha registrado un incremento de la accidentalidad en los últimos años.
La protección del entorno marino constituye otro de los ejes de la reforma normativa. Las modificaciones aprobadas garantizan que la flexibilización de los procedimientos administrativos no suponga una reducción de los estándares ambientales aplicables a las actividades marítimas. En este sentido, el Real Decreto corrige disfunciones detectadas en la aplicación de normas recientes, como las limitaciones a la navegación en el Mar Menor, asegurando la compatibilidad entre los objetivos de conservación ambiental y el uso responsable del espacio marítimo.
El Mar Menor, la laguna salada situada en la Región de Murcia, ha sido objeto de diversas medidas de protección en los últimos años debido a los episodios de deterioro ambiental registrados. Las restricciones a la navegación forman parte del conjunto de actuaciones adoptadas para preservar este ecosistema, aunque su aplicación práctica ha generado controversias entre las administraciones competentes y los usuarios del espacio marítimo.
La reforma aprobada por el Consejo de Ministros se enmarca en el proceso de actualización del ordenamiento jurídico marítimo español, que ha experimentado sucesivas modificaciones para adaptarse tanto a la evolución del sector como a los compromisos internacionales y europeos asumidos por España. La Marina Mercante española opera bajo un marco normativo que integra disposiciones nacionales con convenios internacionales de la Organización Marítima Internacional (OMI) y directivas de la Unión Europea.
El sector marítimo español comprende una flota mercante que, según los últimos datos disponibles de la Dirección General de la Marina Mercante, incluye buques dedicados al transporte de mercancías, pasajeros, actividades de apoyo offshore y servicios auxiliares. Los puertos españoles, gestionados por las 28 Autoridades Portuarias integradas en el sistema de Puertos del Estado, canalizaron en 2024 más de 570 millones de toneladas de mercancías.
Las modificaciones normativas aprobadas entrarán en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, momento a partir del cual las Capitanías Marítimas y los organismos competentes deberán adaptar sus procedimientos a las nuevas disposiciones. El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha indicado que la reforma responde a las demandas del sector y de la propia Administración marítima para disponer de un marco regulador más ágil y adaptado a las necesidades operativas actuales.

