domingo, 1 de marzo de 2026
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La patronal del transporte por carretera califica de «despropósito» que la justicia no reconozca como descanso el tiempo de travesía en ferry

La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), principal patronal del sector en España, ha expresado su preocupación ante la interpretación judicial que considera como tiempo de disponibilidad.

Redacción··Mercancías·3 minImprimir
La patronal del transporte por carretera califica de «despropósito» que la justicia no reconozca como descanso el tiempo de travesía en ferry

La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), principal patronal del sector en España, ha expresado su preocupación ante la interpretación judicial que considera como tiempo de disponibilidad o presencia, y no de descanso, el periodo en el que un conductor profesional acompaña su vehículo a bordo de un ferry. Esta lectura contradice, según la organización empresarial, lo previsto en el Reglamento (CE) 561/2006 sobre tiempos de conducción y descanso, que establece expresamente que el conductor puede realizar sus descansos durante el acompañamiento de un vehículo transportado por transbordador o tren, siempre que disponga de cabina para dormir, cama o litera.

La controversia se ha reavivado tras una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares que, aplicando la doctrina fijada por el Tribunal Supremo en 2024, considera como tiempo de presencia la travesía en ferry. Para la CETM, se trata de un «despropósito» que no se reconozca como periodo de descanso el tiempo que el conductor pasa a bordo durante la travesía marítima, no solo porque así lo contempla la normativa europea, sino porque durante ese tiempo el conductor puede disponer libremente de sus horas y descansar en condiciones adecuadas.

La patronal recuerda además que el propio Reglamento europeo fue modificado hace unos años para ampliar la tipología de descansos que pueden realizarse durante la travesía en ferry. Si inicialmente la norma solo amparaba los descansos diarios normales, la revisión incorporó también los descansos semanales, tanto normales como reducidos, lo que evidencia, a juicio de la CETM, la voluntad del legislador europeo de facilitar la operativa del transporte intermodal carretera-mar.

La organización empresarial advierte de que esta interpretación judicial tiene consecuencias directas sobre la operativa del sector. En primer lugar, incrementa de forma significativa los costes laborales y reduce la flexibilidad de los servicios, ya que el conductor se vería obligado a detenerse en destino para iniciar entonces el disfrute de los correspondientes descansos. Esta situación supone, según la CETM, un perjuicio claro para la competitividad de las empresas españolas, que son las únicas afectadas por esta lectura de la norma al aplicar la legislación nacional.

La patronal señala también las repercusiones sobre las condiciones de trabajo de los conductores profesionales. Si el tiempo de ferry no se computa como descanso, la duración efectiva de los servicios se amplía, lo que agrava las dificultades de conciliación de la vida personal y laboral de los trabajadores del sector. A esto se añaden previsibles problemas en la ejecución de los servicios que, según la confederación, repercutirán negativamente en la cadena de suministro.

En un contexto en el que el sector del transporte por carretera arrastra un problema estructural de escasez de conductores, la CETM considera que el mantenimiento de esta doctrina judicial agravaría aún más la falta de profesionales. La organización alerta de que la interpretación desincentiva el uso del ferry, un modo de transporte que califica como esencial para garantizar el abastecimiento de las Islas Baleares y Canarias, y dificulta la gestión operativa de las empresas al exigir la asignación de mayores recursos humanos y materiales para cubrir los mismos trayectos. Todo ello derivaría, según la patronal, en una menor eficiencia logística y en un encarecimiento de los costes del transporte de mercancías.

La CETM ha reiterado su compromiso con el respeto a la legalidad y con la mejora de las condiciones laborales de los conductores profesionales, pero considera necesario abrir un espacio de diálogo con las administraciones competentes para analizar el impacto real de esta interpretación. La patronal defiende que es posible compatibilizar la protección de los derechos de los trabajadores con la viabilidad económica del sector, el funcionamiento normal de la cadena de suministro y la competitividad de las empresas españolas. En este sentido, la confederación reclama un marco regulatorio equilibrado, estable y adaptado a la realidad operativa del transporte de mercancías por carretera, al que considera un servicio esencial para la economía.

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